Por Luis Fernando Meneses
Un día como hoy, pero de 1860, el presidente Benito Juárez ratificó la Ley sobre la Libertad de Cultos en México, en la cual se establecían 24 artículos principales.
Entre los puntos más importantes que contenía dicha ley se encuentran aquellos que se refieren a garantizar el ejercicio de culto de las distintas religiones que se establecieran en el país, como una muestra de expresión y efecto de la libertad religiosa, viendo la práctica de éstas como un derecho del hombre.
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Además, se estableció que no habría límites para llevar la vida religiosa, excepto por el derecho de terceros y las exigencias de orden público, así como establecer la independencia entre el Estado y las creencias y prácticas religiosas en dos ámbitos distintos.
Asimismo, se definió como una sociedad religiosa a la que estuviera conformada por aquellas personas que hayan decidido de forma voluntaria, o por medio de sus padre o tutores, profesar los cultos de alguna de las religiones.
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Por otro lado, a partir de aquella fecha, la única forma en la que aplicara la autoridad hacia los hombres por parte de los líderes de la religión sería de forma espiritual y no existirían más las faltas o delitos religiosos en el orden civil; y también se estableció que en los sitios donde se realizaran los cultos o ceremonias de carácter religiosas (iglesias, sinagogas o templos) debían de tener los mismos derechos y obligaciones que cualquier otra asociación ante la ley.
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De esta forma, recordamos que un día como hoy, hace 158 años, se estableció una de las leyes más importantes de la historia de México.
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